Economía

MinTransporte pone en cintura a los agentes de tránsito y revela qué documentos no pueden pedir

La cartera aclaró cuáles son los documentos que pueden y no pueden solicitarle cuando lo detengan en un retén.

18 de junio de 2025, 5:05 p. m.
Agente Civil de Tránsito en puesto de control.
Agente Civil de Tránsito en puesto de control. | Foto: Secretaría de Movilidad

Desde hace algunos años, en las calles de la capital se empezaron a ver agentes azules de tránsito, unos funcionarios civiles creados por la Secretaría de Movilidad para apoyar la regulación vial y descongestionar las funciones operativas de la Policía de Tránsito.

Su labor se enfoca en controlar el flujo vehicular y peatonal, orientar a los conductores y, en algunos casos, imponer comparendos o inmovilizar vehículos.

Pico y placa en Bogotá.
El Ministerio de Transporte dispuso algunas directrices para agentes de tránsito. | Foto: Colprensa - Camila Díaz.

Fueron implementados para cubrir puntos críticos de la ciudad, como intersecciones, zonas de parqueo regulado y vías sin semáforos, permitiendo que la Policía se concentre en operativos más complejos.

Tienen las facultades para poner multas de tránsito a conductores, y también para inmovilizar vehículos. Sin embargo, son muchos los ciudadanos que han denunciado las actuaciones de estos agentes, pues presuntamente han abusado de sus facultades y se han extralimitado en sus funciones.

Es por ello que el Ministerio de Transporte ha dejado varias veces en claro cuáles son las facultades de estos agentes y cuáles son sus extralimitaciones. Una de ellas se refiere a los documentos que pueden pedir estos agentes a la hora de pararlo en un retén.

Las principales vías de ingreso y salida de Cali se encuentran totalmente monitoreadas por los agentes de tránsito de la ciudad, que establecieron puestos de control e hicieron un llamado a la precaución a la hora de conducir. La falta de documentación, el exceso de velocidad y el no uso del cinturón de seguridad son las principales causas de multas y llamados de atención. Fotos Raúl Palacios / El País.
Solo están facultados para unas labores. | Foto: Raúl Palacios

El Código Nacional de Tránsito detalla que el procedimiento por parte de los agentes debe ser preciso y siguiendo los lineamientos. Los únicos documentos que le pueden pedir a un conductor son:

  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT)
  • Certificado de la revisión técnico-mecánica
  • Licencia de conducción
  • Tarjeta de propiedad del vehículo
  • Cédula Ciudadanía o documento de identificación

Recuerde que los agentes no están facultados para solicitarle otro documento distinto. Tampoco pueden quitarle las llaves de su vehículo, solo en caso de que usted represente un peligro para la seguridad vial.

Unos 300 agentes de tránsito fueron desplegados en puntos estratégicos de Cali.
Estos son los documentos que pueden pedir. | Foto: Secretaría de Movilidad de Cali

No pueden solicitarle el celular para revisar aplicaciones, tampoco certificados de residencia, claves bancarias, tampoco pueden hacer preguntas personales, ni registrar su carro sin una orden judicial, a menos de que haya una flagrancia por un delito.