ECONOMÍA
La costosa multa que puede enfrentar por realizar una rumba en su casa
Los residentes deben tener en cuenta las normas dictaminadas por la ley.


En Colombia la convivencia en los conjuntos y unidades residenciales se rige bajo las normas de propiedad horizontal y el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, las cuales determinan los comportamientos que pueden ser sancionados por las autoridades del país y los administradores de cada una de las propiedades.
Uno de los aspectos que más genera discordia entre los ciudadanos es la realización de fiestas que excedan el ruido permitido y los horarios establecidos para las mismas.
En primer caso la Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece las condiciones bajo las cuales la Policía puede intervenir en reuniones privadas como fiestas, incluso dentro de viviendas particulares. Esta norma busca proteger los derechos de todos los ciudadanos a vivir en un entorno tranquilo y seguro.
Uno de los puntos más relevantes de esta ley es el artículo 33, que se refiere a los comportamientos contrarios a la convivencia relacionados con el ruido. Según este artículo, se considera una infracción generar ruidos que superen los niveles permitidos, especialmente en horarios nocturnos.
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Las normas señalan las causales para imponer una multa “perturbar la tranquilidad mediante ruidos o sonidos que excedan los niveles establecidos por la normatividad vigente, especialmente entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m.”, destaca el Código de Policía.
Las sanciones por infringir esta norma pueden variar. El comparendo por ruido excesivo puede estar entre los cuatro y los dieciséis salarios mínimos diarios legales vigentes , dependiendo de la gravedad de la infracción y si es reincidente. En algunos casos, si hay perturbación del orden público o enfrentamientos con la autoridad, las sanciones pueden incluir otros procesos judiciales.
Además del ruido, hay otros factores que pueden motivar una sanción. Si la fiesta genera alteración del orden público, consumo de sustancias prohibidas, aglomeraciones que impidan el tránsito, o si se afecta la seguridad de los vecinos, la intervención de las autoridades puede ser más contundente.

Sanciones por parte de la administración
Otro aspecto que deben tener en cuenta los residentes de los edificios o conjuntos son las posibles sanciones que pueden enfrentar los propietarios por parte de la administración.

El representante legal de las propiedades debe señalar las posibles infracciones que se han cometido para determinar en compañía de la junta de copropietarios, las sanciones que se puedan imponer y los tiempos que tienen las personas para el pago de las mismas.