ECONOMÍA
¿Existe una edad máxima para pedir un crédito en Colombia?
Los productos financieros del país cuentan con diversas normas y deberes.


En Colombia miles de personas buscan acceder a diversos productos financieros con el objetivo de poder cumplir diversas metas personales o profesionales.
Una de las opciones más utilizadas son los créditos de diversa índole, los cuales pueden ser solicitados a partir de los 18 años por los usuarios que cumplan con una serie de normas y condiciones.
Sin embargo, al igual que es necesario una edad mínima para acceder a los mismos, algunas entidades cuentan con límites de edad máxima para dicho aspecto.

La mayoría de bancos y entidades financieras establecen que el solicitante debe tener una edad que, sumada al plazo del crédito, no supere un rango entre los 70 y 80 años.
Para este punto la decisión recae sobre las políticas de cada una de las entidades y el tipo de producto al cual se desea acceder.
Por otra parte, las personas que quieran contar con un crédito deben cumplir con una serie de condiciones adicionales que no solo van ligadas a la edad de la persona.
¿Qué condiciones se deben cumplir?
Capacidad de pago comprobada: El solicitante debe demostrar que tiene ingresos suficientes y constantes para pagar el crédito. En el caso de pensionados, su mesada pensional es tomada como ingreso base.
Historial crediticio positivo: Las entidades revisan el puntaje de crédito en centrales de riesgo como Datacrédito. Un buen comportamiento previo en el manejo de créditos aumenta las posibilidades de aprobación.
Tipo de ingresos: No solo es importante el monto, sino también la fuente. Ingresos provenientes de una pensión, arriendos, actividades comerciales o trabajo independiente son aceptados, siempre que estén debidamente soportados.
Documentación completa: Se debe presentar cédula de ciudadanía, certificaciones de ingresos, extractos bancarios y, en algunos casos, declaración de renta.
Codeudores: En adultos mayores, es común que los bancos soliciten codeudores jóvenes o garantías adicionales como seguros de vida, hipotecas, o títulos valores.

Seguro de vida obligatorio: Para mayores de cierta edad, especialmente si el préstamo es a largo plazo, se exige la contratación de un seguro de vida que cubra el saldo pendiente en caso de fallecimiento. Esto protege tanto al banco como a la familia del deudor.
Hay que señalar que algunos usuarios que cuentan con productos con las entidades desde hace varios años pueden disponer de modificaciones de los mismos gracias a su buen historial crediticio. Además, que para los casos empresariales las normas varían drásticamente.