Economía
¿Es posible embargar una casa a nombre de dos personas? Esto dice la ley y el procedimiento
Esto dice la norma respecto al embargo de este tipo de patrimonio.

Uno de los escenarios más devastadores para muchos en materia financiera es el embargo. Este procedimiento es una medida de aseguramiento sobre un bien mueble o inmueble, propiedad de un deudor, para garantizar el pago de una deuda a su acreedor.
Cuando una persona o una entidad adquieren una deuda, están obligadas a pagarla en las condiciones pactadas. Si la obligación no se cumple, empiezan a operar consecuencias como el embargo. En este proceso se hace una retención de bienes o activos para saldar las deudas.

Una de las dudas más frecuentes respecto a este proceso es la que cuestiona si es posible embargar una casa o una propiedad que está a nombre de dos personas.
De acuerdo a la jurisprudencia, el patrimonio de familia es una figura jurídica que busca proteger los inmuebles con un valor que no supere los 250 SMMLV de futuros embargos, hipotecas, secuestros y remates que pretendan garantizar el pago de una deuda con uno de estos inmuebles.

Es decir, el patrimonio de la familia es inembargable. Sin embargo, como toda regla, puede tener una excepción. Esta excepción es cuando se adquiere la vivienda por un crédito hipotecario, con una entidad financiera que hace posible la construcción, mejoras, compra del inmueble o subdivisión de esta, por lo que se debe constituir una hipoteca a favor de la entidad para que, en caso de incumplimiento en las obligaciones con ella, esta tenga la opción de ejecutar al deudor para cumplir con el crédito.
Es importante que sepa que ese es el único caso bajo el que se puede embargar el inmueble. No se podrá hacer ni en caso de deudas por impuestos, por lo que ni la Dian, ni las Secretarías de Hacienda tienen la potestad para hacerlo.

Es decir, si usted cuenta con una vivienda que está bajo patrimonio familiar, tiene una mayor protección.