Economía
Dian confirma alivio para miles de colombianos por declaración de renta: listado oficial
La Dirección de Impuestos reveló información sobre los no declarantes de renta.

El próximo 12 de agosto inicia oficialmente el pago de la declaración de renta en Colombia, un documento tributario clave y que miles de personas deben presentar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
En medio del inicio del proceso, son varias las dudas respecto a cómo se realiza y quiénes son las personas que están obligadas a presentar el documento tributario, que en algunos casos no exige pagar el impuesto de renta.

Es por ello que la Dian ha compartido claridades al respecto. Recientemente, especificó sobre un listado de beneficios que tendrían algunos contribuyentes, pues si cumplen determinadas condiciones, no tendrían que presentar la declaración.
La Dian reveló que —según el Estatuto Tributario— no deben declarar renta las personas que:
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- No sean responsables de IVA.
- Tengan propiedades y patrimonio igual o menor a $ 211.793.000.
- Ingresos menores a $ 65.891.000.
- Compras (efectivo, débito, crédito) iguales o menores a $ 65.891.000.
- Movimientos bancarios iguales o menores a $ 65.891.000.

Adicional a ello, la entidad reveló que es importante que previo a la declaración, se aliste y actualice el RUT; además, se puede declarar desde el pasado mes de abril, pues las fechas en el calendario son las fechas límite.
Si aún no posee firma electrónica, es importante solicitarla hoy y empezar a reunir los documentos necesarios para que el proceso sea ágil y tranquilo. “Tenga en cuenta que toda declaración debe presentarse virtualmente y tiene que estar firmada electrónicamente”, indicó la entidad.
Si frecuentemente sale del país o reside en dos países al mismo tiempo, debe tener en cuenta que tiene cumplir estos requisitos para declarar renta en Colombia, en caso de que el país no sea su única residencia.

Se considera residente fiscal si:
- Permanece en Colombia continua o discontinuamente por más de 183 días dentro de 365 días calendario.
- Es colombiano y trabaja para el Estado en el exterior. Ha sido requerido por la Dian.
- Vive en una jurisdicción de baja o nula imposición.
- Si usted o su familia vive en Colombia y el 50 % de su patrimonio o ingresos son de fuente nacional.