FINANZAS
Si evadió el trámite para declarar renta debe hacer esto para evitarse un problema con la Dian
Más de 500.000 colombianos no atendieron el llamado de la entidad, cuya fecha límite de vencimiento, fue hasta el pasado 19 de octubre.
La declaración de renta es una obligación tributaria que deben presentar, tanto personas naturales como jurídicas, debido a que a través de esta el Estado calcula si el contribuyente deberá pagar impuestos y a cuánto ascienden el monto a pagar en esta materia.
En esta obligación, la cual se debió realizar entre el 9 de agosto y hasta el 19 de octubre de 2022, el ciudadano debía reportar los ingresos, egresos e inversiones realizadas en el año 2021. Sin embargo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), reveló que tan solo 4 millones 453 mil 974 colombianos declararon renta, cifra que registra un crecimiento del 7,3% frente al 2020.
Es decir, que 302.670 contribuyentes más atendieron el llamado de la entidad frente a este requerimiento, clave para el Gobierno y más con la nueva Reforma Tributaria que empezará a regir desde enero del 2023.
Aunque se evidenció un aumento en el número de colombianos que realizaron la declaración, la Dian reveló que 524.653 personas dejaron de cumplir con su obligación formal con respecto a esta obligación tributaria. De esta cifra, 166.753 corresponde a ciudadanos que debían inscribirse, por primera vez, en el Registro Único Tributario (RUT) y no lo hicieron.
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Luego de la fecha límite para realizar este proceso, la entidad dio a conocer que durante los meses de vencimiento, fueron atendidos, tanto de manera virtual como presencial, 485.329 ciudadanos.
“Invitamos a los contribuyentes que dejaron de cumplir con la obligación de presentar la declaración y, o pagar, para que se pongan al día con la entidad y con el país. Es importante recordar que el cumplimiento extemporáneo de esta obligación acarrea una sanción por mes o fracción de mes calendario de retardo, sumado a los intereses de mora correspondientes”, informó la Dian.
En relación con la recaudación por este impuesto, la cifra se ubicó en $15,1 billones, donde el 58% de los contribuyentes efectuó el pago por canales virtuales o en línea; mientras que 42% lo hizo en las oficinas de las entidades autorizadas a recaudar.
“Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso”, dice la norma.
“Esta sanción se cobrará sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento en el pago del impuesto, anticipo o retención a cargo del contribuyente, responsable o agente retenedor”, subraya además el Estatuto Tributario.
Quienes estaban llamados a declarar renta son los colombianos que tengan patrimonio bruto superior a 163 millones 386 mil pesos, e ingresos brutos iguales o superiores a 50 millones 831 mil pesos. Así mismo, que hayan tenido consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, superiores a 50 millones 831 mil pesos; al igual que hayan realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado al monto antes señalado. También deben declarar renta los colombianos responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre de 2021.