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Niegan demanda que pedía suspender la elección de Jorge Tovar, hijo de Jorge 40, como congresista

La decisión la tomó el Consejo de Estado que, pese a la decisión, admitió dos demandas que buscan tumbar el lugar que logró Tovar como representante. La discusión apenas comienza.

1 de junio de 2022
Palacio de Justicia
PLAZA DE BOLIVAR. PALACIO DE JUSTICIA. BOGOTA MARZO 16 DE 2010. FOTO: JUAN CARLOS SIERRA-REVISTA SEMANA. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

El Consejo de Estado admitió dos demandas que buscan que se declare nula la elección de Jorge Rodrigo Tovar Vélez como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz, esto por considerar que no es víctima del conflicto y, por el contrario, es hijo de uno de los más crueles victimarios, el exjefe paramilitar Jorge Rodrigo Tovar Vélez, alias Jorge 40. En uno de esos dos procesos la alta corte negó una solicitud que pretendía que se suspendiera la elección del dirigente político.

Jorge Rodrigo Tovar consiguió llegar a la Cámara de Representantes por medio de una de las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz. Después de acusaciones por supuesto apoyo del Gobierno nacional y grandes manifestaciones en 13 municipios de Cesar, La Guajira y Magdalena, el abogado logró la mayor votación en la zona.

Su partido, Asociación Paz es Vida, ganó en ocho de los 13 territorios que conforman la circunscripción 12. En la lista se encontraba Tovar junto a Nairobis Beatriz Jiménez Martínez, candidata a la que superó por mucho.

La primera de estas demandas fue presentada por la Fundación para la Defensa de la Información Legal y Oportuna - Dilo Colombia. Según esa acción, versiones de prensa registran la supuesta relación del electo congresista con bienes que su padre, Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, habría adquirido como producto de las actividades ilegales de los grupos paramilitares.

Dicen los accionantes que los paramilitares comandados por Jorge 40 fueron “los causantes de las graves violaciones a los derechos humanos que afectaron a las poblaciones de los 13 municipios de La Guajira, Cesar y Magdalena que serían representados en el Congreso mediante la curul que obtuvo el demandado”.

Para la organización que demandó, estaría en duda la buena fe de la administración para cumplir el acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, “como quiera que la curul de paz que el demandado asumiría en el Legislativo hace parte de ese pacto que celebró el Estado colombiano con la antigua guerrilla de las Farc”.

En otras palabras, para los demandantes, “las características que rodean la elección también siembran dudas sobre la verdadera voluntad de reparación a las víctimas, que también se desprende del cumplimiento del Acuerdo de Paz”.

Dado que en la demanda también se solicitó suspender provisionalmente la elección de Jorge Rodrigo Tovar Vélez, el Consejo de Estado decidió no acceder a ello. La Sala relató que al expediente “fueron allegados certificados que acreditan el funcionamiento de la organización que avaló la candidatura, la Asociación Paz es Vida, así como el registro único de víctimas en el que la Unidad Administrativa de Reparación Integral a las Víctimas (Uariv) lo reconoce como parte de la población más afectada por el conflicto”.

En la segunda demanda se señala que la elección debe ser declarada nula porque el accionado estaba inhabilitado para ser congresista, por haber ejercido la autoridad civil, política o administrativa durante los 12 meses previos a su elección, al haberse desempeñado como funcionario del Ministerio del Interior hasta cuatro meses y medio antes del proceso electoral en el que obtuvo la curul objeto de disputa.