Bogotá
Estas son las multas que le pueden cobrar en Bogotá si monta en bicicleta sin observar las normas
Según la Secretaría de Movilidad, cerca de 600 mil personas usan ese medio de transporte para trabajar o hacer deporte.
En Bogotá ha crecido el número de personas que utilizan la bicicleta como medio de transporte debido al incremento de los vehículos y a la facilidad de movilización ante los trancones que se registran, especialmente en horas pico.
De acuerdo con cifras de Instituto de Cultura, Recreación y Deporte, en la ciudad a diario miles de ciudadanos recorren las diferentes vías de la capital, ya sea por deporte o por trabajo, una actividad que moviliza diariamente a cerca de 600 mil ciclistas.
A pesar del llamado de las autoridades a guardar las normas de seguridad en la movilización de los usuarios de las ciclorutas, el índice de accidentalidad es alto.
Según la Secretaría de Movilidad, el número de ciclistas muertos en accidentes de tránsito, durante 2019, llegó a 8 casos. Esto representa un incremento de 33 por ciento con relación al número de incidentes registrados en el mismo periodo el año anterior.
Tendencias
Según la Policía de Tránsito, hubo 1.897 siniestros que involucraron a ciclistas en el año 2017: 1.362 lesionados y 59 fallecidos.
Ante esta situación, la entidad recordó que ya existe un Manual del buen ciclista, publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad en 2017. El documento consta de 112 páginas donde se resumen recomendaciones tanto para biciusuarios como para conductores y peatones.
Señaló que lo primero que hay que tener en cuenta es ¿Quién tiene la vía? y en ese sentido, el peatón y los ciclistas tienen prelación en la vía, por lo que recordó que los conductores de transporte particular, automóvil o motocicleta son los actores con menor prelación en la vía.
¿Qué normas deben cumplir los ciclistas?
¿Qué conductas de los ciclistas pueden acarrear multas?
Las siguientes infracciones dan lugar a la imposición de cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes:
- Agarrarse de otro vehículo en movimiento.
- Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la conducción.
- Transitar por andenes, aceras, puentes o demás lugares de uso exclusivo para el tránsito de peatones.
- No respetar las señales de tránsito.
- Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos.
- Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso.
- Transitar por zonas prohibidas o, por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban o, conducir por vías diferentes a aquellas especialmente diseñadas para ello cuando las hubiere.
- Adelantar entre dos vehículos automotores que estén en sus respectivos carriles.
- Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad.
- Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias, en este caso el vehículo no automotor será inmovilizado.
- Prestar servicio público con este tipo de vehículos. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días.
¿Qué conductas acarrean un curso formativo?
Los peatones y ciclistas que no cumplan con las disposiciones de este código, serán amonestados por la autoridad de tránsito competente y deberán asistir a un curso formativo dictado por las autoridades de tránsito.
¿Qué conductas suponen un curso de educación vial?
No utilizar el casco de seguridad. Esto, a su vez, puede suponer la inmovilización de la bicicleta.
Quienes inclumplan con las normas vigentes quedan expuestos a pagar una multa que asciende a los 121.000 pesos, por lo que las autoridades recomendaron salir a con todos los elementos de protección y evitar caer en conductas penalizables.