JUSTICIA

A pesar de que le negaron medidas cautelares, punto en favor de Petro

La más reciente decisión de la Corte Interamericana asegura que aún si se determinara la responsabilidad fiscal del excandidato presidencial esto "no generaría su destitución o la pérdida de su curul". Se acerca el veredicto final.

8 de febrero de 2019
| Foto: Esteban Vega

El sistema interamericano es donde el senador Gustavo Petro se mueve mejor. Así quedó demostrado este viernes al conocerse la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de negar las medidas cautelares contra el lider político de izquierda ante el supuesto riesgo que corría su curul por las multas en su contra que ya llegan a los 141 millones de dólares (453.107 millones de pesos). Pero aunque esta vez, el tribunal interamericano no le haya dado la razón terminó ganando. 

Desde su oficina en el Congreso de la República, Petro firmó el 12 de diciembre del 2018 un escrito que fue enviado a la Corte Interamericana, en donde pedía medidas provisionales ante el inminente riesgo que corrían sus derechos políticos. La Corte Constitucional acaba de emitir un fallo que activaba las inhabilidades para funcionarios, incluso elegidos popularmente, que no pagaran las multas impuestas por entes de control como las contralorías. Además, el Consejo de Estado acababa de levantar la medida cautelar que recaía sobre el cobro de su multa más cuantiosa: una impuesta por la Contraloría Distrital que alcanza los 200.000 millones de pesos. 

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Incluso, los abogados del senador alertaron por lo que podría ser el comienzo de una persecución penal en su contra bajo un tipo penal que se denomina “elección ilícita de candidatos”, dado que cuando Petro se posesionó en el Senado esta cuantiosa multa estaba en el congelador por orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 

A pesar de que la defensa de Petro vio un riesgo la corte no le dio la razón en sus argumentos. Al analizar el caso, este tribunal encontró que por el momento no ha sido demostrada la configuración de los elementos de extrema gravedad y urgencia que permitirían considerar la necesidad de ordenar medidas provisionales.  Además, aseguró que hasta el momento no existe investigación alguna, ni proceso penal en curso en su contra por el delito de elección ilícita de candidatos. Respecto a este último punto, el tribunal destaca que no correspondería al caso en estudio por haber sido objeto de designación y no por elección popular.

"Este Tribunal ha considerado que la persecución y discriminación políticas son incompatibles con el principio democrático que inspira y fundamenta la Convención Americana", CorteIDH.


Aunque esta vez el tribunal interamericano no le dio la razón, Petro sí se terminó anotando un punto. Ya que la decisión marca una línea frente a lo que será su veredicto de fondo. La Corte Interamericana asegura que aún si se determinara la responsabilidad fiscal de Petro, o eventualmente no prosperara apelaciones o acciones contra las decisiones dictadas por la Contraloría, esto "no generaría su destitución o la pérdida de su curul".

Al respecto precisa que esta corte no ha sido informada sobre si alguna de las decisiones adoptadas o alguno de los procedimientos instituidos en este momento en su contra tiene la virtualidad de generar su destitución: "No consta que ésta pueda ser oficiosamente ordenada o que sea un efecto automático de tales decisiones".

"La imposición a una persona de una inhabilidad indefinida para ejercer esos derechos podría implicar una restricción de ostensible gravedad, particularmente si la imposición de determinadas sanciones de inhabilitación no respetan los límites de proporcionalidad acordes con el ejercicio del derecho y si esa persona ejerce un cargo de alta investidura en una institución central para la estructura o funcionamiento democráticos de un Estado", indica el texto de contestación. 

Las sanciones contra Petro

La Contraloría de Bogotá confirmó el 21 de noviembre de 2018 la existencia de una sanción contra Petro por la implementación del esquema de basuras durante su alcaldía. El monto fue calculado en 40.595 millones de pesos. 

Esta misma entidad, también lo sancionó al pago de 97.654 millones de pesos. Esto teniendo en cuenta que la Superintendencia de Industria lo sancionó por este monto en el marco de un proceso de violación a la libre competencia en la entrega de la licitación de aseo de Bogotá y la multa fue pagada por la Alcaldía de Bogotá en cabeza de Enrique Peñalosa. Para la Contraloría, dicha responsabilidad recaía sobre Petro. Según Petro, la Alcaldía pagó innecesariamente tal multa, ya que se encontraba suspendida. 

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Sin embargo, la decisión que marcó un detonante en el caso de Gustavo Petro fue la decisión del Consejo de Estado de tumbar la suspensión de la multa más cuantiosa contra Petro. Se trata de una sanción que alcanzaría los 200.000 millones de pesos por la modificación de las tarifas de Transmilenio en las horas valle. Aunque diferentes organismos de control en Colombia han dicho que se trató de una decisión política sobre la que no recae responsabilidad disciplinaria, la Contraloría Distrital lo encontró responsable fiscalmente. 

"La decisión de la Corte Interamericana no es definitiva y el caso no se ha resuelto de fondo. Por lo pronto el tribunal encontró que no se le coartaron sus derechos políticos porque se posesionó como senador y su ejercicio continúa, pero deja la puerta abierta para que en caso de que le apliquen inhabilidades se puedan activar las medidas cautelares", aseguró el abogado del senador Dagoberto Quiroga. 

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La Corte IDH tendrá que definir en los próximos meses la disputa de fondo que tiene Petro con el Estado colombiano. Este tribunal tendrá la última palabra sobre si los entes de orden administrativo pueden emitir sanciones de tipo fiscal o disciplinario que inhabiliten candidatos elegidos por el pueblo. El caso comenzó con Petro en la acaldía y aunque con los años que lleva este caso en el sistema interamericana su rol ha variado, la decisión marcará su futuro político.