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Corte Suprema niega tutela con la que un fan de Epa Colombia buscaba que le dieran casa por cárcel

La acción había sido presentada por Eduardo José Díaz, quien se identifica como de fan, seguidor y consumidor de la marca Epa Colombia.

Felipe Morales Mogollón

Felipe Morales Mogollón

Editor senior Semana

13 de febrero de 2025, 7:06 p. m.
EPA Colombia CTI
EPA Colombia CTI | Foto: Suministrada a Semana API

Mientras Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, se encuentra detenida en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá por cometer destrozos en el sistema TransMilenio, en medio de protestas, sus seguidores han rechazado tajantemente esa decisión. Incluso, uno de ellos radicó una tutela que tenía como finalidad suspender la lectura del fallo y que a la influencer le fuera otorgada casa por cárcel.

La singular petición, cuya referencia es: acción de tutela para proteger el derecho a la igualdad e identidad de todos los fans, seguidores y consumidores de la marca Epa-Colombia, representada por la Señora Daneidy Barrera, fue presentada por un seguidor suyo llamado Eduardo José Díaz.

Y en sus pretenciones estaba la: “Suspensión provisional de lectura del Fallo. Conceder casa por cárcel. Proteger los derechos de los fans, seguidores y consumidores de la marca Epa-Colombia”.

Así es la celda donde Epa Colombia pagará su condena

Díaz, señalaba como argumento que “Epa Colombia tiene fans, seguidores y consumidores a nivel nacional; nosotros vemos una ejemplarizante regeneración, superación y reconversión avalada por el expresidente Álvaro Uribe Vélez”

Y agrega que “nadie está solicitando una rebaja de penas, sino permitirle vivir en casa por cárcel o vivir dentro de alguna de sus empresas”.

Daneidy Barrera Rojas fue condenada el 29 de enero, por los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial e instigación a delinquir con fines terroristas. Justamente, este último delito, no tiene beneficios y por eso no puede recibir beneficios.

La influencer ha buscado diferentes formas de recuperar la libertad, y ahora, de forma infructuosa, quien trató de lograrlo fue uno de sus seguidores vía tutela, pero fue rechazada por la Corte.

Epa Colombia Transmilenio
El proceso contra Epa Colombia está relacionado con hechos registrados el 22 de noviembre de 2019. | Foto: SEMANA

El proceso contra Epa Colombia está relacionado con hechos registrados el 22 de noviembre de 2019, cuando en medio de un paro nacional la procesada llegó a la estación Molinos del sistema TransMilenio y ocasionó daños al sistema con un martillo; afectando puertas las puertas de vidrio, el dispositivo de lectura de tarjetas, los equipos de recarga automática y la registradora de acceso a la estación. La procesada grabó sus acciones y las difundió en las redes sociales.

La decisión consideró que Epa Colombia, con sus actuaciones, instigó de manera consciente y voluntaria a sus seguidores para imitarla “en la ejecución de similares conductas (delictivas)”, lo que es incompatible con la garantía de la protesta social.

“Se observa claro, entonces, que la difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público, por parte de la popular influencer “EPA Colombia”, a sus seguidores, ubicados en distintos lugares del país, en ese tiempo conmocionado por el estallido social— con la sugerencia de que actuaran de la misma manera que ella— tenía plena idoneidad para instigar a delinquir, a través de conductas constitutivas de terrorismo”, se lee en la providencia con la que fue condenada.

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