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JEP abrió incidente de medidas correccionales contra el registrador nacional por incumplir sentencia sobre “falsos positivos”

Esto debido a que Hernán Penagos no entregó toda la información solicitada sobre una víctima de ejecuciones extrajudiciales en el Meta.

Redacción Confidenciales
28 de junio de 2024
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Hernán Penagos, registrador nacional del Estado Civil. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le abrió un incidente de medidas correccionales al registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos Giraldo, por incumplir un fallo sobre el Caso 03 que investiga las ejecuciones extrajudiciales durante el conflicto armado interno.

Doris Tejada era la única madre de los 'falsos positivos', que luego de 16 años, no había podido recuperar los restos de su hijo, Óscar Morales Tejada. Doris lleva la imagen de su hijo tatuada en su brazo derecho y en sus sueños no se desdibuja la última sonrisa que recuerda de Óscar.
Doris Tejada era la única madre de los 'falsos positivos', que luego de 16 años, no había podido recuperar los restos de su hijo, Óscar Morales Tejada. | Foto: Colprensa

La Sala de Reconocimiento de la JEP determinó que el registrador, pese a la orden emitida el pasado 9 de mayo, no remitió de manera completa la información de una víctima de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por militares adscritos a la Brigada Móvil N.° 8 del Ejército Nacional, en el municipio de Vistahermosa, en el departamento del Meta.

En la decisión, notificada este viernes, la Sala advirtió que la falta de una respuesta por parte de la Registraduría Nacional representaba un obstáculo para la “satisfacción de los derechos de las víctimas”, por lo que emitió esta medida correccional con el fin de acceder a respuestas en este trámite.

“La apertura de este trámite correccional se justifica en la importancia de asegurar el correcto funcionamiento de la administración de justicia, en virtud del incumplimiento de las órdenes proferidas y con el objetivo de garantizar el derecho de defensa y contradicción. En el caso de esta decisión, de primera instancia, la Sala le concedió dos días al registrador nacional para que presente las razones de su incumplimiento y disenso a la orden impartida por la JEP”, precisa el documento.

El registrador nacional tiene dos días hábiles para presentar las razones de su incumplimiento y expresar su disenso a la orden impartida por la JEP, en ejercicio de su derecho de defensa y contradicción.

“La imposibilidad de avanzar en el proceso, por incumplimiento de las autoridades del Estado, impide que estas ejerzan su derecho de participación ante la JEP”, alegó la JEP.

Sin embargo, la Registraduría Nacional del Estado Civil señaló que el 9 de mayo enviaron al correo de la JEP la información solicitada.