Impuestos

Impuesto predial 2023 en Bogotá: cómo pagarlo con descuento y hasta cuándo hay plazo

El pago regular del impuesto, ya sin el descuento, irá hasta el 14 de julio de 2023.

17 de enero de 2023
Impuesto predial 2021 | ¿Cómo usar las cesantías para pagarlo?
El Distrito de Bogotá destacó que el pago de los impuestos alcanzó el 104 % el año pasado | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ SÁNCHEZ

La Secretaría de Hacienda de Bogotá indicó en el nuevo calendario tributario para este año, que quienes tengan la posibilidad de pagar de manera anticipada el impuesto predial de Bogotá también tendrán un beneficio para poder reducir el costo, siendo así, habrá un descuento del 10 % para quienes paguen esta obligación antes del 12 de mayo.

El distrito ha presentado planes para incentivar el pago de impuestos en Bogotá
El distrito ha presentado planes para incentivar el pago de impuestos en Bogotá | Foto: Getty Images / andresr

El pago regular del impuesto, ya sin el descuento, irá hasta el 14 de julio del año 2023.

¿Cómo pagar el impuesto predial 2022?

Para pagar el impuesto predial 2022, la persona debe ingresar a la Oficina Virtual, a través de la opción Consultas/Obligaciones pendientes/ROP para descargar el Recibo Oficial de Pago.

Es importante recordar que si al ingresar por esta opción, no se ve reflejado el ROP, la persona debe generar una declaración desde la misma Oficina Virtual por la opción Impuesto/Predial/Generar declaración vigencia actual.

En casi una década, mujer asiática logró comprar dos viviendas.
En el 2022 los capitalinos hicieron largas filas para ingresar al Supercade y completar el pago de impuestos de Bogotá. | Foto: Getty Images / skynesher

Si el predio tiene más de un propietario, se debe consultar a través de la Oficina Virtual de cada uno de los propietarios, por la opción Consultas/Obligaciones pendientes/ROP para descargar el Recibo Oficial de Pago. Si tienen habilitado el Recibo Oficial de Pago, lo descarga y paga.

Si ninguno de los propietarios visualiza este documento en su Oficina Virtual, cualquiera de ellos deberá generar una declaración desde la misma Oficina Virtual por la opción Impuesto/Predial/Generar declaración vigencia actual.

Por otra parte, la Secretaría de Hacienda de Bogotá hizo claridad que los ciudadanos que quieran optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales podrán hacerlo sin intereses, pero deben tener en cuenta que tienen que presentar la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (Spac) a más tardar el 26 de mayo de 2023.

Los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el primero de diciembre.

Además, indicaron los plazos máximos para pagar con y sin descuento del 10 %, y sin sanción los impuestos: predial, vehicular, ICA y ReteIca.

Los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA), por su parte, tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre. Igual sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.

“Asimismo, los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (14.859.564 pesos), deberán presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda una única declaración anual por la vigencia, a más tardar el 23 de febrero de 2024″, anotó el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

Los contribuyentes de ICA del régimen preferencial deberán presentar por medios virtuales una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.

El nuevo calendario tributario determina para 2023, en otros impuestos, los plazos para declarar y pagar delineación urbana; impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos; consumo de cigarrillos y tabaco nacional y extranjero; sobretasa a la gasolina; publicidad exterior visual; consumo de cerveza, sifones y refajos nacional y extranjero; loterías foráneas; estampillas ‘Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años’, ‘pro-Cultura’, ‘propersonas mayores’ y ‘cincuenta años de labor de la Universidad Pedagógica Nacional’, y retenciones efectuadas al impuesto sobre Premios de Loterías.

La financiación de infraestructura vial es uno de los rubros que se atiende con el impuesto predial. Asimismo, las mejoras que se hagan en ese frente impactan el valor de los predios. Aún no está definida el alza que tendrá este gravamen en ciudades como Bogotá.
La financiación de infraestructura vial es uno de los rubros que se atiende con el impuesto predial. Asimismo, las mejoras que se hagan en ese frente impactan el valor de los predios. Aún no está definida el alza que tendrá este gravamen en ciudades como Bogotá. | Foto: guillermo torres

El Distrito de Bogotá destacó que el pago de los impuestos alcanzó el 104 % de cumplimiento en lo corrido del año y representa a la ciudad ingresos, en especial por ICA, de 5,3 billones de pesos; por predial, de 3,8 billones de pesos; y por vehículos, de un billón de pesos.