DECLARACIÓN DE RENTA

Cuatro cambios que debe tener en cuenta sobre su declaración de renta

Desde el próximo 11 de agosto empiezan los plazos para las declaraciones de renta y la Ley de Financiamiento generó algunos cambios que deberán tener en cuenta los declarantes a la hora de presentar sus documentos.

27 de julio de 2020
La ley de financiamiento tuvo algunos cambios frente a la declaración de renta que hay que tener en cuenta. | Foto: Getty images

Aunque la contingencia de la covid-19 no afectó el plazo para la presentación de la declaración ni la dinámica para el año gravable de 2019, la Ley de Financimiento sí generó algunos cambios que deberán tenerse en cuenta.

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“La ley de Financiamiento, que fue la reforma tributaria del año 2018, fue declarada inexequible. No obstante, los efectos de dicha inconstitucionalidad se difirieron hasta el año 2020, con lo cual las declaraciones próximas a presentarse reflejarán por primera vez algunas modificaciones”, comentó la associate partner para el área de Impuestos de EY Colombia, Ángela María González.

En este sentido, estos son los cambios clave para tener en cuenta:

1. Grupos de ingresos: los declarantes reportarán en una misma cédula sus ingresos laborales y de capital, lo que puede generar impacto para algunos tipos y montos de ingreso que hasta el momento no se afectaban con el impuesto.

2. Nuevas tarifas del impuesto: por primera vez se reflejarán las tarifas de impuesto a tasas del 35%, 37% y 39% para personas con ingresos superiores; previamente la tarifa máxima era del 33%. Entre más alto sea el ingreso, más alta será la tarifa. En promedio, quienes hayan ganado $40 millones en 2019 se verán afectados por esta variación.

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3. Rendimientos financieros: la totalidad de los rendimientos financieros recibidos por las personas podría estar sometida a impuesto de renta, dependiendo de su estructura de ingresos. Sin embargo, para el 2020 se revive el beneficio que existió hasta 2018, afectando en particular los rendimientos a declarar por el año gravable 2019.

4. Beneficio limitado: a partir de 2019 se impuso un límite del 25% del ingreso de la persona para los aportes voluntarios a los fondos de pensiones obligatorias y solo ese porcentaje tendrá el beneficio tributario, a diferencia de los años anteriores cuando los aportes eran ilimitados, lo que traía un beneficio en la disminución del impuesto.

Las declaraciones de renta iniciarán el próximo 11 de agosto para personas naturales y finalizarán el 21 de octubre. 

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