Economía
Qué hacer si no le pagan la prima a tiempo o su empleador evade el pago: ojo a las medidas
Esto es lo que debe saber sobre la legislación laboral en materia de pago de primas.
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El mes de diciembre es uno de los más apetecidos por los trabajadores colombianos, pues reciben una prestación social que les deja un buen dinero en el bolsillo. Se trata de la prima de servicios, que es entregada en dos ocasiones durante el año.
Esta prestación social consiste en el pago de 30 días de salario por cada año trabajado, o en proporción al tiempo trabajado cuando este es inferior a un año. Se entrega específicamente en los meses de junio y diciembre, y en algunas ocasiones se hace a través del pago del mismo salario.

Existe una duda común que tienen muchos de los trabajadores y es la que respecta a lo que sucede en caso de que no se pague la prima de servicios a tiempo o que de plano no se pague. Por eso puede acudir a estas tres instancias.
Viviana Suavita Pachón, directora de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Fundación Universitaria Horizonte, dio algunas recomendaciones al respecto.
Lo primero que debe hacer es solicitar por escrito a la oficina de nómina o talento humano una revisión detallada de la liquidación y la corrección del pago. Si esta instancia no ocurre deberá acudir a otra opción.

Deberá hacer un reclamo formal ante su empleador. Si no existe una respuesta o la corrección se da de manera insatisfactoria, el trabajador deberá presentar una carta exponiendo las razones por las cuales hace el reclamo.
Posterior a ello, y si no tiene efecto sus peticiones, deberá acudir directamente al Ministerio de Trabajo para presentar una querella. Si la prima no es pagada en la fecha límite (20 de diciembre), la empresa puede estar sujeta a sanciones.
Tenga en cuenta que las sanciones para las empresas pueden estar en el orden de 1 a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.



