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Millonaria sanción a poderosa empresa que manejaba miles de datos de colombianos: rompieron importante norma
La empresa habría manejado de manera irregular una base de datos.

La Superintendencia de Industria y Comercio anunció, a través de un comunicado, la imposición de una sanción contra una reconocida empresa en Colombia tras evidenciar actuaciones irregulares en el manejo de la información de cientos de personas.
La multa fue impuesta por la Delegatura para la Protección de Datos Personales de la SIC contra la empresa Risks Internacional, tras el desconocimiento de normas en esta materia. El monto de la sanción fue de 190.547.400 pesos, además de imponer una suspensión temporal de actividades de tratamiento de datos.
En los hechos mencionados, la SIC detalla que la compañía mencionada administra una base de datos de cientos de titulares, en la que tiene informaciones potencialmente negativas de personas, como lo son multas de tránsito, antecedentes penales, incidentes de seguridad, desempeño laboral, entre otros datos.
Indican que dicha base no permitía el pleno ejercicio de los derechos de los titulares de la información, en relación con la autorización del tratamiento de datos y la rectificación o supresión de la información allí consignada, dado que la base es de consulta abierta e inclusión de registros por parte de los clientes a través de la plataforma Siriest - Siscom.
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“La Superintendencia de Industria y Comercio consideró, en este sentido que, Risks International desconoció la legislación sobre protección de datos personales, al crear y gestionar un sistema de información con datos personales sensibles, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares de la información”, indicó la SIC.

Además de ello, el organismo de control expuso el artículo que soporta la sanción, que es el artículo 5 de la Ley 1581 de 2012, en donde precisa que se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar discriminación.
Precisan que la información recolectada y objeto de tratamiento puede generar discriminación, por su carácter predominantemente negativo, y segundo, porque entre sus finalidades se contaba la de servir de filtro para la contratación de personal en las empresas de transporte terrestre automotor de carga.

Finalmente, la SIC precisa que con la expedición de este acto administrativo, se recuerda que, si bien las bases de datos relacionadas con la prevención, detección, monitoreo y control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo se encuentran exceptuadas de la aplicación de la Ley 1581 de 2012, no cualquier persona tiene la facultad de crear u organizar una base de datos con esa finalidad específica.